Por Unanimidad, La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los artículos 140 y 148 del Código Civil del estado de Nuevo León, los cuales no permitían el matrimonio entre personas del mismo sexo.
“Toda aquella ley de cualquier entidad federativa que limite el matrimonio a un hombre y una mujer, excluyendo de esta a las parejas del mismo sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio es exclusivamente la procreación, resultan inconstitucionales, ya que conllevan un acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado en un Estado de Derecho como el nuestro”, dijo la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Licenciado en Ciencias de la Comunicación. Comenzó como Community Manager en el 2011 con Blogger y termino con WordPress. Escribe sobre amor, temas LGTB+, y quizás mañana sobre Política.
Es Comunicólogo por Profesión, pero Psicólogo por vocación.