El Matrimonio Igualitario Ya Es Legal en Nuevo León

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Por Unanimidad, La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los artículos 140 y 148 del Código Civil del estado de Nuevo León, los cuales no permitían el matrimonio entre personas del mismo sexo.

“Toda aquella ley de cualquier entidad federativa que limite el matrimonio a un hombre y una mujer, excluyendo de esta a las parejas del mismo sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio es exclusivamente la procreación, resultan inconstitucionales, ya que conllevan un acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado en un Estado de Derecho como el nuestro”, dijo la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los artículos 140 y 148 del Código Civil establecían que sólo pueden celebrar un matrimonio un hombre y una mujer, los cuales debían tener cumplido los 18 años. La Corte reiteró su jurisprudencia en el sentido de que la institución del matrimonio puede cambiar con el paso del tiempo y no debe tener necesariamente como finalidades la procreación y perpetuación de la especie, teniendo todas las personas la libertad de determinar su proyecto de vida en común.

Las declaraciones de invalidez decretadas en este fallo surtirán efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Poder Legislativo de Nuevo León. Con esto se pretende erradicar cualquier motivo de discriminación, particularmente la motivada por identidad de género y orientación sexual.

Así es como, Nuevo León se suma a los 13 estados en donde el matrimonio igualitario es legal a nivel estatal: Ciudad de México, Quintana Roo, Coahuila, Chihuahua, Nayarit, Michoacán, Morelos, Chiapas, Puebla y Baja California.

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