Se aprobó las reformas al Código Penal para tipificar como delito las terapias de conversión, que atenten contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual.
Con 49 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones aprobaron las reformas al Código Penal para tipificar como delito dichas prácticas
El dictamen señala que en la materia de tipificación a los contratos, tratamientos, terapias o servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual e identidad o expresión de genero y que atente contra la libre autodeterminación sera castigará a quien imparta u obligue a otro a recibir una terapia de conversión con 2 a 5 años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo comunitario.
Agregado a esto, estas penas se agravarán cuando se estén relacionando con un menor de edad, las cuales la fiscalía deberá perseguir de oficio.
1. Las “terapias de conversión” son un fraude porque parten de la idea de que la homo/bisexualidad o la identidad de género que no se conforma con el sexo biológico son enfermedades que hay que curar.
— Geraldina González de la Vega (@Geraldina_GV) July 24, 2020

Licenciado en Ciencias de la Comunicación. Comenzó como Community Manager en el 2011 con Blogger y termino con WordPress. Escribe sobre amor, temas LGTB+, y quizás mañana sobre Política.
Es Comunicólogo por Profesión, pero Psicólogo por vocación.